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2006-09-17 ] -
Gobierno abre puerta a inclusión cambio sexo en cartera servicios
El Gobierno abrió hoy la puerta para que las CCAA puedan debatir la inclusión de las operaciones de cambio de sexo en la cartera de servicios, al aprobar en Consejo de Ministros el real Decreto que regula el conjunto de las prestaciones sanitarias que se ofrecen en todas las CCAA a través del Sistema Nacional de Salud.
La ministra de Sanidad, Elena Salgado, explicó que en este Real Decreto se elimina la exclusión expresa que había sobre estas operaciones de cambio de sexo en la norma que regulaba hasta ahora la Cartera de Servicios, y que fue aprobada en 1995.
Ello no quiere decir, indicó, que estas operaciones se incluyan ahora en la cartera de servicios.
No obstante y al eliminar esta exclusión expresa, se abre la puerta a su inclusión, si todas las CCAA lo acuerdan así en el Consejo Interterritorial, siguiendo el procedimiento que se estipula en este Real Decreto para incorporar nuevas prestaciones.
En la rueda de prensa posterior al Consejo, Salgado dijo que esta cartera es fruto de un amplio consenso en el seno del Consejo Interterritorial y ha supuesto muchos meses de trabajo.
Con ello, dijo, pretendemos 'garantizar' que todos los ciudadanos tengan una atención sanitaria de calidad en condiciones de igualdad efectiva, y 'fortalecemos por tanto la cohesión y la vertebración de nuestro sistema público'.
La Cartera de Servicios es el conjunto de técnicas, tecnologías o procedimientos mediante los que se hacen efectivas las prestaciones sanitarias de salud pública, atención primaria, atención especializada, atención de urgencia, prestación farmacéutica, prestación ortoprotésica, de productos dietéticos y de transporte sanitario.
Por tanto, el objetivo de la Cartera de Servicios es garantizar las condiciones comunes para una atención integral, continuada y equitativa en todo el territorio nacional.
La nueva cartera aprobada hoy incluye servicios que se prestan en la actualidad en las Comunidades Autónomas pero que no estaban incluidos en la anterior de 1995.
Fruto de esta actualización, la salud pública, por ejemplo, se recoge por primera vez entre las prestaciones del Sistema Nacional de Salud.
En atención primaria se especifican más los servicios, como es el caso de los procedimientos diagnósticos y terapéuticos accesibles desde atención primaria, la rehabilitación básica, la atención paliativa a enfermos terminales y las actividades de prevención y promoción de la salud.
Asimismo se especifican los servicios de atención a la mujer, al niño, a los enfermos crónicos, a las personas mayores y la atención domiciliaria, o la atención a la salud bucodental, que incluye la atención a los niños menores de 14 años y la atención a la patología aguda odontológica y las extracciones en los adultos, como hasta ahora, pero añadiendo también el acceso a la atención bucodental para los discapacitados.
En atención especializada se detalla el contenido de las prestaciones, especialmente en el caso de consultas, hospitalización de día médica y quirúrgica, rehabilitación (incluyendo la del sistema cardiovascular y la logopedia), trasplantes de órganos y tejidos, técnicas de reproducción humana asistida y atención a la salud mental.
En este ámbito de atención especializada se incluyen asimismo el apoyo a la atención primaria en el alta hospitalaria y hospitalización a domicilio, la atención paliativa a enfermos terminales y la tomografía por emisión de positrones (PET) en indicaciones oncológicas.
Asimismo se recoge una cartera específica de atención de urgencias, que anteriormente no constituía una modalidad de prestación por sí misma.
Además, y según afirmó la ministra, la prestación de productos ortoprotésicos está mucho más pormenorizada, en relación tanto a los implantes quirúrgicos (como es el caso de las prótesis cardiacas o vasculares) como en las prótesis externas, y se recoge como novedad respecto a la anterior normativa la inclusión de las sillas de ruedas de aluminio.
En la prestación de productos dietéticos se detallan las patologías que dan lugar a la utilización de estos productos y se han pormenorizado los trastornos metabólicos de los lípidos.
En el transporte sanitario se han clarificado las principales situaciones en las que una Comunidad Autónoma se hace cargo del transporte que precisen los pacientes que reciban asistencia en otra Comunidad.
Finalmente, se ha establecido un cauce de coordinación entre el Ministerio, las Comunidades Autónomas y las Mutualidades de Funcionarios, a través de la Comisión de Prestaciones, Aseguramiento y Financiación, para lograr una mayor equidad en el acceso de los usuarios a las prestaciones recogidas en la cartera. Extraido de:
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